El pasado 9 de junio se publicó el Real Decreto 752/2011, que establece las normas de control que han de cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, para garantizar la seguridad alimentaria y la calidad del producto.
La norma regula los procedimientos de toma de muestras en explotaciones y centros lecheros, así como su manejo en los laboratorios. Además, regula la integración del sector del ovino y caprino dentro del sistema Letra Q, que ya se aplica en el vacuno.
NUT Consulting, al igual que ya desarrolló el anterior decreto de vacuno para servir a la demandas del sector, está estudiando, integrando y desarrollando las soluciones necesarias que impone este nuevo real decreto.
* Las explotaciones ganaderas deberán hacer un control de los parámetros de la leche antes de cargar la cisterna para comprobar que reúne las condiciones mínimas exigidas.
* Los controles en la explotación estarán a cargo de una persona con formación acreditada para realizar esa labor. Deberá controlar las condiciones de las instalaciones, del tanque de frío, así como el aspecto y olor de la leche o la presencia de residuos. En el caso de sospechas de la calidad de la leche puede realizar un análisis de acidez y, en su caso, de la presencia de antibióticos, también se encargará de la toma de muestras que deberán enviarse al laboratorio.
* Los operadores de leche cruda deberán preparar un plan anual de muestreo. Los productos que transformen la leche, también deberán cumplir esta obligación.
* Los centros lácteos también deberán realizar controles sobre la leche que serán ejecutados por un técnico de calidad. Se encargará de supervisar que la leche y la cisterna cumplen los requisitos exigibles.
* Conjuntamente los centros lácteos se ocuparán de las tomas de muestras, dos por cisterna. Una de ellas se remitirá al laboratorio, la otra se empleará en una prueba de detección de antibióticos in-situ. Si el control es negativo se podrá descargar la cisterna.
Este Real Decreto sirve para incluir en el proyecto Letra Q al sector del ovino y caprino. Por esa razón, los operadores, los medios técnicos, los responsables de las tomas de muestras, laboratorios, transportistas y centros de lavado deberán estar inscritos en la base de datos Letra Q. Toda la información sobre las analíticas se comunicarán a la base de datos.
Aunque el Real Decreto entró en vigor a principios de julio, habrá que esperar hasta principios de 2012 para que el sistema esté plenamente implantado, ya que se establece un periodo transitorio de 8 meses para que el sector se adapte a buena parte de los cambios establecidos en la norma.
En el siguiente enlace puede descargar el documento completo
http://www.boe.es/boe/dias/2011/06/09/pdfs/BOE-A-2011-9995.pdf